Protocolo

El área de Protocolo tiene la responsabilidad de planificar, coordinar y supervisar todos los aspectos relacionados con el ceremonial y la organización formal de los actos de la Hermandad. Su cometido principal es garantizar que cada celebración, culto o evento se desarrolle conforme a las normas de protocolo establecidas, preservando el orden, la dignidad y la adecuada representación institucional de la corporación.
Desde esta área se determinan las disposiciones relativas a la precedencia, ubicación y participación de los distintos miembros de la Junta de Gobierno, hermanos e invitados en los actos organizados por la Hermandad. Asimismo, se encarga de la preparación y aplicación de las normas protocolarias en todas las actividades corporativas, siguiendo lo dispuesto en el Reglamento de Protocolo, Honores y Distinciones y por las directrices de la Junta de Gobierno.
El área desempeña también una función de coordinación externa cuando la Hermandad participa en actos organizados por otras instituciones, asegurando que su presencia se ajuste al nivel y forma que corresponden. Además, colabora en la elaboración y actualización de las propuestas que regulan el ceremonial propio de la Hermandad, contribuyendo a mantener la coherencia y uniformidad en su imagen pública y en la correcta ejecución de todos sus actos.
Sus funciones vienen recogidas en el Decreto de Organización de la Junta de Gobierno y sus cargos, firmado por el actual Hermano Mayor el 11 de julio de 2025:
- Cuidar el protocolo y, en consecuencia, indicar a cada miembro de la Junta de Gobierno y personas invitadas a participar en ellos el lugar que deben ocupar en los actos de culto, procesiones, y demás actividades que se celebren (Estatutos, art. 59.1).
- Preparar y gestionar el protocolo de todos los actos y cultos que la Hermandad organice, siguiendo lo dispuesto en el correspondiente Reglamento (Reglamento de Protocolo, Honores y Distinciones, art. 42.1).
- Elaborar propuestas detalladas que concreten determinados aspectos del protocolo y ceremonial propios de la Hermandad, que elevará a la Junta de Gobierno para su aprobación (Reglamento de Protocolo, Honores y Distinciones, art. 42.2).
- Contactar y coordinarse con otros responsables de protocolo implicados cuando el acto que organice la Hermandad o al que ésta sea invitada lo requiera (Reglamento de Protocolo, Honores y Distinciones, art. 42.4).
